Declaración Prellenada de IVA

Como se podrá apreciar se debe revisar la declaración prellenada del IVA, considerando, principalmente los CFDI emitidos y recibidos, cumpliendo con los requisitos del CFF y la RMF, que sean efectivamente cobrados y pagados y cumpliendo con lo establecido en la Ley del IVA.

En el Portal de Internet del SAT se publica esta declaración, por lo cual se recomienda lo siguiente:

  1. En las Instrucciones se indica que con la información de los CFDI emitidos y recibidos del periodo que se desea declarar se prellenó el IVA a cargo, el IVA acreditable y el IVA retenido.

Por lo anterior se recomienda una revisión detallada de los requisitos de los CFDI emitidos y recibidos.

En términos de la Ley el IVA, su cálculo es lo efectivamente pagado en el mes, por lo que se debe identificar con los estados de cuenta bancarios los folios de los CFDI.

Además, debe identificarse y coincidir con la contabilidad electrónica.

  1. IVA Causado
    De acuerdo a la actividad del contribuyente los CFDI emitidos, las tasas aplicables del IVA del 16%, 0% o exentos y los que no sean objeto del IVA, determinar el IVA a cargo cumpliendo los requisitos de la Ley del IVA

Se sugiere preparar hoja de trabajo de la determinación del IVA a cargo e identificar con la contabilidad electrónica

  1. IVA Acreditable
    Revisar si los CFDI recibidos cumplen con requisitos fiscales. Identificar con los estados de cuenta bancarios los folios de los CFDI. Si cumple con los requisitos de acreditamiento en términos del artículo 5 de la Ley del IVA y la identificación con la contabilidad electrónica.
  2. IVA a Cargo
    Preparar hoja de trabajo en la que determine el IVA causado menos IVA acreditable efectivamente pagado, se obtendrá el IVA a cargo.
  3. IVA a Favor
    En el visor del portal del SAT cambia cuando resulta IVA a favor, si el IVA acreditable es mayor al IVA causado.
  4. Otras cantidades a cargo del contribuyente o a favor del contribuyente.
    En otras cantidades a cargo se anota la retención del mes efectivamente pagado que en los casos que establece el artículo 3 del reglamento de la Ley del IVA sería 1/3 parte

En otras cantidades a favor del contribuyente, se anotan las retenciones del mes pasado, que en los casos del artículo 3 del reglamento de la Ley del IVA serían las 2/3 partes.

Lo anterior se explica en el punto siguiente.

  1. IVA Retenido
    En el artículo 1-A de la ley de IVA se establece quienes estan obligados a retener el IVA
    En el artículo 3 del Reglamento de la Ley del IVA se establece que en los casos de una retención menor como es las 2 terceras partes del impuesto que se les traslade, por lo que solo se acredita en el mes 1/3 parte y en el siguiente mes se acredita las 2/3 partes,
  2. IVA a Pagar
    Será el IVA a cargo más el IVA retenido, según se explica en el punto 6 y 7 anteriores

Como se podrá apreciar se debe revisar la declaración prellenada del IVA, considerando, principalmente los CFDI emitidos y recibidos, cumpliendo con los requisitos del CFF y la RMF, que sean efectivamente cobrados y pagados y cumpliendo con lo establecido en la Ley del IVA.

Atentamente
Domínguez, Reséndiz, Cuevas y Asociados, S.C.



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